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domingo, 17 de abril de 2011

COMENTARIO SOBRE LA LEY DE UNIVERSIDADES



 
Considero que la ley de Universidades sí debe actualizarse para adaptarla a los cambios de sociedad actual y nuevas tecnologías, ya que la vigente data de 30 años, pero de una manera progresista que impulse la investigación y el desarrollo del país, que respete la diversidad de pensamiento y no que esté orientada a imponer una única manera de pensar, porque de esta manera asesinarían la esencia de nuestra Universidad. Nuestra ley de Universidades es tan importante que todos como estudiantes universitarios debemos conocerla y defenderla 

Desde mi punto de vista este proyecto de Ley de Educación Universitaria es inconstitucional, ya que viola tres principios fundamentales establecidos en nuestra Constitución de 1999 que son: El Estado democrático y social de Derecho y de Justicia señalado en el artículo 2; la autonomía universitaria en el artículo 109 y el artículo 211 referida a la participación ciudadana en la formulación de leyes . 

En este sentido, como Estado democrático que somos, es incoherente que en cualquier ley se establezcan lineamientos para una sociedad o un modelo productivo “Socialista” como se señala en varios artículos de la ley en cuestión (Art. 3 num. 2; Art. 4 num. 12; Art. 14, Art. 48 num. 2 y 13, Sección tercera, Art. 64; Art. 111), donde en realidad el único de ideología “socialista” es el Presidente y su élite, y no nuestro país, tal como está expresado en nuestra carta magna y por decisión soberana del pueblo, donde dijimos NO al modelo socialista en el referéndum consultivo del año 2007, y que se contradice  con el principio de Universalidad establecido en el Articulo 4 del proyecto de ley, siendo éste el que sustenta el debate crítico de todas las corrientes del pensamiento en la educación universitaria ya que tratan de imponer una sola línea de pensamiento. 

En cuanto a la autonomía universitaria, la CRBV en el artículo 109 establece que “ El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía ”, asimismo señala que “las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley”. El proyecto de Ley de Educación Universitaria viola esta norma ya que coloca como máxima autoridad al Ministro de Educación, eliminando la figura del Consejo Universitario, funciones de gobierno por órgano del Rector, de los Vicerrectores y del Secretario, y elimina el artículo 9 de la ley de universidades actual. 

Por otra parte, este proyecto de ley quebranta el artículo 211 de la CRBV, el cual se refiere a que La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes, durante el procedimiento de discusión y aprobación de los proyectos de leyes deben consultar a los otros órganos del Estado, a los ciudadanos y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos, y como es de conocimiento de todos la Asamblea Nacional no consultó a la Comunidad Universitaria para la redacción y aprobación de la Ley ni mucho menos a comunidad en general.
Nuestra mejor arma para luchar es la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999) que fue aprobada por el pueblo, debemos defenderla y promoverla, allí se encuentran todas las herramientas, para impulsar y defender nuestro país.

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